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Procedimiento de evaluación
para el EUNACOM-SP |
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Versión 3
1 de julio, 2014 |
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Reemplaza a la versión 2, vigente desde el 4 de octubre de 2010.
Los cambios introducidos se reflejan en los artículos 4.3, 5.1, 7.1 y 8.1 del presente procedimiento. |
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1.- Coordinación del
EUNACOM-SP
1.1.- La inscripción al EUNACOM-SP es parte de la inscripción
al EUNACOM y se realiza en ASOFAMECh, así como cualquier
eventual retiro del proceso.
1.2.- ASOFAMECh designará a cada inscrito una escuela examinadora
y se entenderá directamente con el coordinador designado
por esa escuela para efectos del EUNACOM-SP. |
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2.- Objetivo
2.1.- El objetivo general del EUNACOM-SP es determinar si el examinado
posee las habilidades mínimas para ejercer la medicina general en Chile. |
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2.1.1.- El EUNACOM-SP es una instancia
de evaluación y no de formación. La preparación para el examen
es de exclusiva responsabilidad del examinado. |
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3.- Contenidos de la evaluación
práctica y de la interrogación oral
3.1.- Los contenidos clínicos de la evaluación son
los definidos en el documento Perfil
de Conocimientos del Examen Médico Nacional.
3.2.- Los examinadores podrán evaluar además habilidades
transversales fundamentales para el ejercicio de la profesión,
tales como la capacidad de establecer una efectiva comunicación
con el paciente, el resguardo de su dignidad y confidencialidad,
el buen trato o procedimientos de higiene y seguridad. |
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4.- Estructura de la sección
práctica del EUNACOM
4.1- La sección práctica del EUNACOM consiste en
4 etapas, que no pueden evaluarse simultáneamente.
4.2.- Las cuatro etapas son Medicina Interna, Pediatría,
Obstetricia-ginecología y Cirugía, que se rendirán
en el orden que determine ASOFAMECh, de acuerdo con el coordinador
EUNACOM de la escuela examinadora.
4.3.- Cada etapa tendrá una duración mínima
de 5 horas y estará compuesta de una evaluación
práctica y de una interrogación oral. |
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4.3.1.- La etapa sólo podrá durar un tiempo menor al indicado cuando se encuentre implementada en modalidad ECOE.
4.3.2.-
La interrogación oral ante comisión no será obligatoria cuando la etapa se encuentre implementada en modalidad ECOE, quedando a criterio de la escuela el incluirla o no.
4.3.3.- Cada etapa podrá desarrollarse
en uno o más días y en uno o más lugares, dependiendo
de la disponibilidad docente. |
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5.- La
evaluación práctica
5.1.- La evaluación práctica
deberá durar como mínimo 4 horas, no necesariamente
continuas, y deberá completarse antes de la interrogación
oral. La evaluación solo podrá durar menos de 4 horas cuando esté implementada bajo modalidad ECOE.
5.2.- Deberá realizarse en un ambiente clínico,
que podrá ser hospitalario o ambulatorio, real o simulado. |
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5.2.1.- Los campos
clínicos donde que se utilicen para el examen serán
definidos por la escuela examinadora, entre aquellos donde esa escuela
realice docencia formal y permanente. Si el servicio no es propiedad
de la Universidad, deberá contar con un convenio docente-asistencial
vigente.
5.2.2.- Aunque se recomienda que una parte de la evaluación
práctica se realice en ambiente hospitalario y otra en ambiente
ambulatorio, esto no es una exigencia y será
decisión de la escuela examinadora. |
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5.3.- El examinado deberá ser evaluado
en relación a un paciente y su patología. |
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5.3.1.- Los pacientes escogidos para la
evaluación práctica, sean reales o simulados, deberán
corresponder a las situaciones clínicas identificadas en los
puntos 3.1 y 3.2.
5.3.2.- Los examinadores podrán solicitar al examinado la realización
de cualquier procedimiento o acción médica que consideren
necesaria para cumplir con el nivel definido en el Perfil
de Conocimientos del Examen Médico Nacional para esa
situación clínica. |
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5.4.- Los métodos deberán
estar dirigidos a evaluar las habilidades clínicas prácticas
del examinado y serán decisión del examinador. |
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5.4.1.- Son métodos válidos:
a) Presenciar el desempeño práctico del examinado
frente a un paciente real o simulado, ambulatorio u hospitalizado,
con o sin direccion del examinador.
b) Permitir la entrevista y examen de un paciente por parte del
examinado e interrogarlo a continuación respecto al caso.
c) Solicitar al examinado la realización de procedimientos
en presencia y bajo supervisión directa del examinador.
d) Examen Clínico Objetivo Estandarizado (ECOE).
e) Simuladores, fantomas, o cualquier otro material que
permita evaluar habilidades clínicas específicas.
5.4.2.- No son métodos válidos:
a) Evaluaciones escritas.
b) Evaluaciones simultáneas a más de un examinado.
c) Presentaciones del examinado respecto a algún tema médico. |
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6.- La interrogación
oral
6.1.- La interrogación oral consistirá en una única
sesión de al menos 30 minutos.
6.2.- Deberá ser realizada por dos o tres examinadores.
6.3.- Deberá realizarse en un entorno que garantice privacidad
y en ella sólo podrán estar presentes el examinado
y los examinadores. Excepcionalmente podrá presenciar el
examen el coordinador de la escuela o un representante del EUNACOM. |
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6.3.1.- La interrogación oral puede
realizarse en un lugar distinto al de la evaluación práctica,
siempre que corresponda a un entorno académico formal. |
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7.- Examinadores
7.1.- Los examinadores de cada etapa deberán tener al menos
5 años de categoría académica, aunque no necesariamente en la escuela
examinadora. |
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8.- Informes y vigencia de los
resultados
8.1.- Al completar cada etapa, los examinadores deberán
informar oralmente al examinado de la aprobación o reprobación
de la misma antes de transcurridos 7 días hábiles de concluída la etapa. También deberán enviar un informe escrito al coordinador EUNACOM de
la escuela, en un lapso de tiempo que permita cumplir con los plazos establecidos en la normativa. |
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8.1.1.- Los examinadores no entregarán
al examinado ningún informe escrito con el resultado de su
evaluación, los certificados son responsabilidad exclusiva
de ASOFAMECh. |
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8.2.- Para aprobar la sección práctica
del EUNACOM, el interesado deberá aprobar las cuatro etapas,
sin embargo, la reprobación de alguna etapa no impide al examinado
rendir las demás.
8.3.- El examinado tendrá derecho a solicitar la repetición
de una de las etapas reprobadas, sin requerir nueva inscripción
al EUNACOM, bastando para ello informar de esa intención al
coordinador EUNACOM de la escuela examinadora.
8.4.- Aunque el examinado repruebe el EUNACOM-SP, la aprobación
de cada etapa individual mantendrá su vigencia por un año
cronológico y será considerada como aprobada si se encuentra
vigente al momento de una futura inscripción al EUNACOM. |
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