Publicada el 19 de abril de
2008, entró en vigencia el 20 de abril de 2009.
Establece que para acceder a cargos médicos
financiados por el estado, los médicos deberán
obtener un puntaje mínimo en un examen de conocimientos
médicos. Establece también que la obtención
del puntaje mínimo en este examen significa la reválida
automática del título de médico cirujano
obtenido en el extranjero. Quien se interese puede consultar la Historia de la Ley 20.261.
Reglamento que establece los criterios
para diseñar y aplicar el examen, elaborado por el Minsal, presentado y aceptado por el CONDAS
el 22 de enero de 2009. La Contraloría General de la República toma
razón del reglamento el 6 de mayo de 2009. Se publica
el 30 de mayo 2009 en el Diario Oficial. Para redactar el reglamento, el Minsal tomó en consideración una propuesta de ASOFAMECh y el Colegio Médico.
La
resolución exenta número 640 del 20 de agosto
de 2009 nombra a ASOFAMECh como la entidad encargada de diseñar
y administrar el Examen Único Nacional de Conocimientos
de Medicina.
En respuesta a la consulta realizada por ASOFAMECH, la Contraloría responde aclarando que los beneficiados con el decreto no deberán repetir el examen en el futuro y que podrán beneficiarse del decreto quienes cumplan con aprobar la sección práctica durante el 2013.
Normativa de ASOFAMECh que regula el EUNACOM. Vigente desde el 1ro de julio de 2014; reemplaza a la normativa vigente desde 2010.
Quienes estén cursando el examen y se hayan inscrito antes del 1ro de julio de 2014, se regirán por la normativa vigente al momento de su inscripción.